QUIEN LO HACE?
La calificación la realiza un profesional habilitado para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas. Por tanto y en relación con la Ley 38/1999, son técnicos competentes para suscribir el certificado de eficiencia energética en los edificios los arquitectos, los aparejadores y los ingenieros.
Pero es obligacion del promotor o propietario del edificio o parte del mismo el responsable del encargo de la certificación, y tendrá derecho pues a utilizar la etiqueta energpetica para ofertar o promocionar dicha propiedad.
DONDE?
Puede usted contactar con nosotros a través de nuestro cuestionario y solicitar un presupuesto para la obtención del certificado.
POR QUE?
La certificación no implica ningún tipo de limitación, sanción o penalización por el consumo o las características del inmueble, ya sea por su estado o características constructivas defasadas al sistema actual. Solo busca de una manera simplificada poder informar a la gente de la “calidad energética” que tiene la propiedad en cuestión. Así es como busca favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia.